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Si no recibiste utilidades, debes saber que las personas morales o empresas deben entregar este dinero a más tardar el 30 de mayo, mientras que las personas físicas con actividad empresarial tienen hasta el 29 de junio. También es importante saber si tu empresa está obligada a ofrecerlas, pues hay excepciones. Puedes solicitar información a Recursos Humanos o a la comisión encargada de la PTU. Si el pago procede y no fue entregado, puedes pedir orientación gratuita a Profedet.

El reparto de utilidades es un derecho laboral en México. Por ello, no recibir el depósito esperado no significa que debas quedarte con la duda. Antes de iniciar una reclamación, conviene revisar tu situación laboral, el tipo de empleador para el que trabajas y las fechas aplicables en 2026.

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Todo lo que debes saber sobre tu reparto de utilidades

¿Cuál es la fecha límite para recibir utilidades en 2026?

La fecha depende de si trabajas para una empresa o para una persona física. En 2026 debes considerar los siguientes plazos:

Tipo de empleador Periodo de pago de utilidades 2026      Fecha límite
Empresa o persona moral     Del 1 de abril al 30 de mayo     30 de mayo de 2026
Persona física con personas trabajadoras a su cargo     Del 1 de mayo al 29 de junio     29 de junio de 2026

Si trabajas para una empresa y no recibiste el pago antes del 30 de mayo, ya puedes solicitar una aclaración. Si trabajas para una persona física, considera que el plazo termina el 29 de junio.

Todo lo que debes saber sobre tu reparto de utilidades

¿Qué son las utilidades y por qué tienes derecho a recibirlas?

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades, también conocida como PTU, es el derecho de las personas trabajadoras a recibir una parte de las ganancias generadas por la empresa o persona empleadora durante el año anterior.

De acuerdo con la información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el porcentaje destinado al reparto corresponde al 10% de las ganancias netas de la empresa privada. El monto individual no es igual para todas las personas, ya que se distribuye considerando los días trabajados y el salario percibido.

La PTU se divide en dos partes:
•    La primera mitad se reparte de acuerdo con los días trabajados durante el año.
•    La segunda mitad se distribuye en proporción al salario de cada persona trabajadora.

Además, el monto máximo que puedes recibir corresponde a tres meses de salario o al promedio de la PTU que recibiste durante los últimos tres años. Debe aplicarse la alternativa que resulte más favorable para ti. 

Todo lo que debes saber sobre tu reparto de utilidades

¿Qué hacer si no recibiste utilidades?

Antes de presentar una reclamación, sigue estos pasos:

1. Confirma si ya venció la fecha límite

Verifica si trabajas para una empresa o para una persona física. La fecha límite no es la misma en ambos casos.

2. Revisa si tenías una relación laboral subordinada

Para recibir utilidades debe existir una relación laboral. Esto significa que prestaste tus servicios bajo la dirección de una persona empleadora y recibiste un salario.
Las personas contratadas únicamente por honorarios o servicios profesionales independientes no participan en el reparto cuando no existe una relación laboral subordinada.

3. Pregunta si la empresa generó utilidades

No todas las empresas reparten PTU cada año. El pago depende de las ganancias declaradas durante el ejercicio fiscal anterior.

Solicita información a Recursos Humanos, a tu representante laboral o a la comisión encargada del reparto. La Ley Federal del Trabajo establece mecanismos para informar a las personas trabajadoras y revisar el proyecto de distribución.

4. Solicita una aclaración por escrito

Si consideras que tienes derecho al pago, pide una explicación formal. Conserva evidencia de tu solicitud, así como tus recibos de nómina, contrato, constancias laborales y cualquier comunicación relacionada con la PTU.

5. Pide orientación a PROFEDET

Si no recibiste respuesta, el pago fue incompleto o necesitas revisar tu caso, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Sus servicios de asesoría, acompañamiento y representación son gratuitos.

Puedes solicitar orientación mediante los siguientes canales:
•    Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877.
•    Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx.
•    Oficinas de Profedet ubicadas en distintas entidades del país.

Tienes hasta un año para exigir el pago de tus utilidades, contado a partir del día siguiente a la fecha límite aplicable.

Todo lo que debes saber sobre tu reparto de utilidades

¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?

En términos generales, tienen derecho las personas que laboran al servicio de una persona empleadora. Esto incluye a quienes trabajaron durante el año correspondiente, aunque ya no formen parte de la empresa al momento del reparto.

Las personas trabajadoras eventuales también pueden recibir utilidades cuando laboraron al menos 60 días durante el año.

En el caso de las personas trabajadoras de plataformas digitales, la Ley Federal del Trabajo contempla su participación cuando el tiempo efectivamente laborado sea superior a 288 horas anuales.

¿Quiénes no reciben reparto de utilidades?

Existen algunas excepciones. No participan en el reparto:
•    Personas con cargos de dirección, administración o gerencia general.
•    Personas socias o accionistas de la empresa.
•    Personas trabajadoras eventuales que laboraron menos de 60 días durante el año correspondiente.
•    Profesionistas, técnicos u otras personas que prestan servicios por honorarios sin una relación laboral subordinada.
•    Personas trabajadoras del hogar.
•    Personas trabajadoras de plataformas digitales cuando no superan el tiempo mínimo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

 

¿Qué empleadores no están obligados a repartir utilidades?

Algunos empleadores están exceptuados de esta obligación. Entre ellos se encuentran:
•    Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.
•    Empresas nuevas dedicadas a elaborar un producto novedoso durante sus primeros dos años.
•    Empresas de la industria extractiva de nueva creación durante el periodo de exploración.
•    Instituciones de asistencia privada reconocidas por la ley y sin fines de lucro.
•    El IMSS y algunas instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
•    Empresas cuyo ingreso anual declarado para efectos del impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

¿Qué documentos pueden ayudarte a solicitar una aclaración?

Aunque cada caso es distinto, es recomendable reunir:
•    Identificación oficial.
•    Contrato laboral, si cuentas con él.
   Recibos de nómina.
•    Constancia laboral o documentos que permitan comprobar cuánto tiempo trabajaste.
•    Nombre o razón social de la empresa.
•    Registro de las solicitudes de aclaración enviadas al empleador.
•    Comprobantes de pagos anteriores de PTU, si los tienes.

Estos documentos pueden facilitar la revisión inicial de tu caso y ayudarte a explicar con claridad por qué consideras que tienes derecho al reparto.

¿Qué puedes hacer si recibiste menos utilidades de las esperadas?

Recibir un monto menor al esperado no significa necesariamente que el cálculo sea incorrecto. La cantidad depende de los días laborados, el salario y las utilidades declaradas por la empresa.

Sin embargo, si tienes dudas, puedes solicitar una explicación sobre el cálculo. El proyecto de reparto debe determinar la participación correspondiente a cada persona trabajadora y ponerse en un lugar visible del establecimiento. Las personas trabajadoras pueden presentar observaciones dentro del plazo legal.

Infórmate y protege tus derechos laborales

El reparto de utilidades no es un regalo ni un bono adicional: es un derecho laboral. Si no recibiste el pago, revisa las fechas, confirma si cumples con los requisitos y solicita una aclaración. En caso de necesitar acompañamiento, acércate a Profedet.

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Autor: María de Lourdes León

María de Lourdes León es especialista en generación de estrategias de contenido con las mejores prácticas de SEO. Ha colaborado en estrategias de reputation management y social media. Licenciada en Letras Españolas por el ITESM, especialista en Diseño Editorial y Publicitario por el UDEM.

Preguntas frecuentes sobre el reparto de utilidades 2026

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mis utilidades?

Tienes un año para exigir el pago de la PTU a partir del día siguiente a la fecha límite correspondiente.

¿Me corresponden utilidades si ya no trabajo en la empresa?

Sí. Puedes recibirlas si laboraste durante el año al que corresponde el reparto y cumples con los requisitos aplicables.

¿Me corresponden utilidades si trabajé por honorarios?

Depende de tu relación con la empresa. Si prestaste servicios de forma independiente y no existió subordinación laboral, no participas en el reparto. Si en la práctica existió una relación laboral subordinada, conviene solicitar orientación especializada.

¿Las personas trabajadoras eventuales reciben utilidades?

Sí, siempre que hayan laborado al menos 60 días durante el año correspondiente.

¿Puedo reclamar si recibí un pago incompleto?

Sí. Puedes solicitar una aclaración y pedir orientación a PROFEDET si consideras que el monto no corresponde con tu situación laboral.

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